El fallo considera que si la empleadora pretende eliminar una práctica que toleró largamente, debe fijar nuevas reglas de comportamiento, comunicarlas adecuadamente y de allí en adelante sancionar las faltas que se cometan.La resolución fue tomada en la causa “Delgado Nancy Marcela c/ Catering Argentina S.A. s/ ordinario – despido”,
de la Cámara del Trabajo de Córdoba, Sala IX.
http://abogados.infobaeprofesional.com/notas/61859-Enviar-e-mail-personales-desde-el-trabajo-no-es-causal-de-despido.html
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